sábado, 30 de julio de 2011

POLITICA DE BOLSILLO

La Hora del Bombillo.
                                               POLITICA DE BOLSILLO
Política: del latín, politice, y este del gr., político; doctrina u opinión referente “al gobierno” de los Estados. 2. Actividad de los que rigen o aspiran a regir los destinos públicos, 3. Cortesía y buen modo de portarse, 4. Por extensión arte  con que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin determinado. Gobierno: o (Keiren) como es llamado en Japón significa “administración o gobierno que controla un país“, se refiere a la política o medios para gobernar un país y buscar la prosperidad de las personas. El deber ser, mas no buscar el beneficio para su propio bolsillo.
 Los políticos, médicos, comerciantes, buhoneros, empresarios, y trabajadores, no deben laborar; solo pensando en ganar dinero o fama, mas deben hacerlo con un sentimiento de poder ser útiles al pueblo y a Dios, esto lo corroboro; Monseñor Roberto Luckert, cuando dijo en una misa en honor a su homologo Edgar Peña Parra, ”Jamás he visto a un ganadero o político, morirse y llevarse en su urna los Bolsillos llenos de dinero al cielo“. La política debe ser para ayudar al prójimo, creo que se refirió,  al observar lo corrupta que  está nuestra civilización, por la falta de valores éticos y morales.
En el mundo la división ideológica está confrontando los Partidos políticos, la falta de cultura y un buen sistema educativo, destruyen nuestra sociedad, pues poco a poco a desaparecido esta educación familiar que otorga la dignidad al ser humano ejemplo de ello es cuando escuchas decir a las personas “No quiero un trabajo, ponme donde hay “. En un articulo de mi autoria plasme “Por que el pueblo roba al Pueblo“  y lo mas lamentable mi querido lector es que todos somos pueblo, solo se piensa en el bienestar personal, mas que en bien común, y ¿cabe preguntar quien nos induce a esto?
Ya basta de utilizar a los gobiernos en general, y  jugar con el hambre de la gente otorgando latas de zinc, neveras, ayudas, están acostumbrando a nuestro pueblo al todo regalado, para mantenerse unos pocos. Dio pena ver a los recién electos Diputados decir ya  “Negociamos“ la conformación de la Directiva de la A.N. juramentaron Diputados suplentes sin la presencia de sus principales, mas ver como un Ministro no ha perdido su condición de Diputado violándose el Art: 191 de La Constitución, por otra parte la MUD-A Oposición; solicitó la Vice-Presidencia para José Sánchez, (Mazuco), ausente e incorporada su suplente, esto  ha dado mucho que pensar, “Que Burla“.-
¿Como que el tiempo de la buena política  desapareció?, sin el animo de ser adulador, las personas debemos reconocer los defectos y virtudes de los demás, lo contrario seria ser mezquino. Recuerdo a uno de los mejores Diputados que ha tenido Venezuela, Gastón Guisantes, por realizar un trabajo extraordinario al servicio de las Comunidades, quien enfrento solo:  a la Mafia de la leche, a hidrólago, al Kilovatico Ladrón, el cobro desmedido de la CANTV, los abusos policiales, a la Guardia Nacional Etc.. Hoy en día enfrenta las mafias judiciales dentro de su propio gobierno. (Pero los poderosos  blasfeman de él, pues personas así no convienen, por oponerse a sus intereses).
El maestro Kotama Okada de Suckyo Mahikari. “Enseñanzas Universales de Dios” pronuncio un ejemplo: Existieron personas que durante la guerra, eran fervorosos nacionalistas y monárquicos, pero cuando termino; se volvieron comunistas, dejando a un lado la ideología que defendían, argumentado que como Nacionalistas seria vergonzoso volverse ricos. Su sentimiento oculto, estaba basado en su egocentrismo y que no eran ni lo uno ni lo otro, a penas para garantizar su sobrevivencia  descartaron sus teorías, llegando incluso hacer caso omiso a la bandera Nacional. Ustedes no pueden ser personas o un pueblo así, Es preciso captar a profundizar las cosas.
Esto nos debe enseñar que los políticos debemos esforzarnos en ser claros, puros y correctos notando que existen valores espirituales mas nobles y preciosas que la búsqueda de la abundancia material.-

Adolfo Hernández
Adolfohernandez­_@hotmail.com.
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Nota: Artículo ya Publicado en el Diario  Que Pasa y El Laborista ( Mayo 2011)

martes, 26 de julio de 2011

Que Sentencia del T.S.J.


La Hora del Bombillo

Que Sentencia del T.S.J.

En el maravilloso mundo de la Internet, nos tropezamos con una Sentencia de la Sala Constitucional, No: 1526-1000804-03-1071, de fecha 10/08/2004. Ponente Dr.: José Manuel Delgado Ocando. Que nos dejo perplejos. En Abril 2003, cuatro abogados, actuando en nombre propio y en representación de la Fundación “ No Olvidemos el 11 de Abril ”, como defensora de derechos humanos de condenados, procesados y cualquier persona que pueda ser privado de su libertad en virtud de un proceso judicial, interpusieron una acción de amparo constitucional contra el Presidente de la Republica y el Ministro de Interior y Justicia para la época, Lucas Rincón, por la Omisión en el cumplimiento  de la Ley de Régimen Penitenciario y la Constitución Nacional.
Alegaron que en los retenes de la Planta y Duaca, existe la carencia de alimentos, asistencia medica, hacinamiento, vestido, clasificación de penados, y sobre la salubridad; aclararon la epidemia que hubo en la primera quincena del mes de abril de 2003, en el reten de la Planta: “ los epidemiólogos concluyeron que la mortal bacteria que los afecto se reprodujo por la ingestión de alimentos contaminados con heces fecales”, lo cual viola los Artículos: 9,10,11,12,27,31,32 y 34, de la Ley de Régimen Penitenciario. En cuanto a la Constitución se violan los Artículos 272 y 55; respecto a los espacios para el trabajo, estudio, deporte, recreación y la protección por parte del Estado.
Cifras oficiales proporcionadas por el Ministerio del Interior y Justicia, relacionada a los ocho primeros meses del año 2002, reflejan un saldo entre los reclusos de 257 fallecidos y 1024 heridos. También solicitaron en representación de la fundación, en cumplimiento del mandato constitucional y legal, a fin de desarrollar las políticas públicas necesarias para garantizar el debido respeto a los derechos humanos. La Sala Constitucional  observó al objeto de verificar la legitimidad, que la parte actora no actuó de conformidad con el Art: 26, “y a pesar de no haberse expresado textualmente en el escrito está asume la acción, como si fuese incoada  bajo la figura de intereses colectivos”, reiterando el criterio de la Sentencia No´656 del año 2000, caso Defensora del Pueblo, vs., Comisión Legislativa que dispuso:
“ Es accionable por cualquiera que se encuentre dentro de la acción infringida”, y visto que el Amparo presentado, no depende de ningún nexo que vincule a los accionantes, con los derechos que se pretenden tutelar, y tampoco observo que dicha fundación haya sido creada expresamente para defender los derechos de los penados, ni consta en acta documentos en el cual se refleje la voluntad de esa comunidad en particular, decidió:  que al no ser la actora, ni su representante parte de ese conjunto de personas que se consideran lesionados  ( Presos ), y por no tener la facultad para arrogarse de manera impropia, una capacidad para actuar en defensa de los derechos e interese colectivos, La Sala declara : inadmisible la acción de amparo.-
Entonces nos preguntamos, como esta Sala Constitucional, dejó constancia “ que a pesar de no haberse expresado en el escrito; lo del Art:26 en ultra petitum  lo asume, ¿ y por que no lo asumió por el Art: 132, Constitucional? que establece: “ Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social “.
¿ Como el Tribunal no considero los principios fundamentales de nuestra Carta Magna; sobre la preeminencia de los derechos humanos, el desarrollo de la   persona y el respeto a su dignidad, ( articulo 2 y 3 ), no tomo en cuenta que , “ El Estado y las Leyes garantizaran las condiciones jurídicas y administrativas, para que la igualdad ante la Ley sea real y efectiva, adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser marginados, discriminados en debilidad manifiesta y sancionando los abusos y maltratos que contra ellas se cometan”,( Articulo 19 y 21). Si la ultima parte del Articulo 26, incoado por la propia Sala, Establece la garantía a la justicia sin dilaciones indebidas, sin formulismos o reposiciones inútiles, (Tal decisión se tomo el 10 de Agosto de 2004 ), es decir un año y cuatro meses mas tarde. ¿Nos preguntamos si la Omisión es Un Delito, por que no se Auto penalizaron?  

ADOLFO HERNANDEZ
Tlf.0414-6707530
Nota; Este articulo fue publicado el 8 y 15 de Mayo por El Semanario “Que Pasa “

martes, 19 de julio de 2011

26 de Julio " Dìa de Vzla." y Gaceta Oficial.

La Hora del Bombillo

26 DE JULIO… El Día de Vzla

Si mis amigos(as) lectores, el año ante pasado encontré por casualidad una Gaceta Oficial, del O1 de Junio de 1.977, No. 31.247. Sumario: el Congreso de la Republica, el 30 de mayo del mismo año, en sesión conjunta aprobó un Acuerdo: mediante el cual “se declara el 26 de Julio como Día de Venezuela“, y como Articulista de varios medios Impresos he hecho tres referencias; por el desaparecido Semanario Informe, y el Diario El Regional del Estado Zulia, y el 04-06-2011, en el Diario Que Pasa en ellos hemos criticado; como ni los Miembros de la Academia Nacional de la Historia , ni los políticos del Gobierno, ni de la Oposición, recuerden que se aprobó un Día para nuestra Patria Venezuela.
Que este Acuerdo, fue aprobado previa solicitud del 20 de Marzo de 1975, realizada por dicha Academia Nacional, pues “El 26 de Julio de 1527 se establecieron las bases que dieron origen a la ciudad de Coro”. Considerando: Que de este histórico acontecimiento se cumplen el próximo 26 de Julio 450 Años, en la actualidad (484), Considerando: Que la ciudad de Coro, raíz de Venezuela, fue el primer asiento de los poderes civil y eclesiástico, punto de partida para la acción destinada a poblar varias regiones del país y centro de otros hechos importantes vinculados a los orígenes de nuestra nacionalidad.
Por otra parte Amigos por Venezuela, hizo una consulta y un 99.5% de la población desconoce que; “ La Patria de Bolívar “, tiene fecha de conmemoración, Por tal Motivo el 13-07-2010, les solicitamos “ el ejecútese de Ley” formalmente al Gobernador del Estado Zulia, Al Presidente del CLEZ y al Alcalde de Maracaibo; el día 22-07-2010 al Alcalde de San Francisco, y a la Asociación de Alcaldes del Estado Zulia, y por casualidad nos encontramos con la Diputada: Jenny Cedeño, le entregamos una copia para la Asamblea Nacional y otra para que se la entregase al Presidente Hugo Chávez, cuestión que estoy seguro no realizó. Pues ni de vaina Chávez pelaba ese boche…
Y todo el mundo sabe que las leyes entran en vigencia una vez publicada en la Gaceta Oficial. Además que la Ley de la Bandera, el Escudo, y el Himno Nacional, La Ley Orgánica del Trabajo, en su Articulo 212 establecen: Son días Feriados: Los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales, y los que se hayan declarados. Sabemos que existe un egoísmo político y un sentido antinacionalista con esta fecha, pues por pura casualidad los 26 de Julio también se festeja en Cuba “El Día de la Revolución Cubana“, pero Interpretaciones del T.S.J establecen; Que todo acto aprobado, firmado y sellado por el extinto Congreso Nacional, ” tienen su validez de ley”.
Pues bien el 30-05-1977, fue aprobado por las cámaras en pleno, lo firman Gonzalo Barrios Presidente, Oswaldo Álvarez Paz, Vicepresidente y por recordar dos nombres de la izquierda que eran Diputados: José Vicente Rangel y Guillermo García Ponce. Sin nombrar otros que hasta Candidatos Presidenciales son. Conocemos de antemano las secuelas que conlleva poner en ejecútese este Acuerdo, Primero: se crea un nuevo puente 24,25 y 26. Segundo: se deben tomar la previsiones para incluir en el venidero presupuesto Nacional, el pago de dicha deuda social, por los días laborados, y no pagados, por ser responsabilidad del Estado de conformidad con los Artículos 30 y 140 de la Constitución, resarcir y reparar el daño a los particulares.
Hoy por “EL LABORISTA" vamos a solicitar de nuevo públicamente el ejecútese de Ley, del “El Día de Venezuela”, en vista al desprecio, la Carencia y Omisión que fue objeto nuestro bravo pueblo, por estos mandatarios Zulianos de los factores en pugna, y si por decir estas y otras verdades no nos quieren, pues no nos quieran, pero tenemos la razón y nos cabe derecho. De nuevo hacemos un llamado; al Presidente de la Republica, a la Asamblea Nacional, al Ministerio de educación, a la Academia de la Historia Nacional a todas las Autoridades Nacionales, Regionales y Municipales del país, a darle el fiel Cumplimiento a este Acuerdo. “No es que juran por Dios y la Constitución hacer Cumplir la ley”



ADOLFO HERNANDEZ.-
adolfohernandez57@gmail.com
Twitter: @amigosxvzla