viernes, 27 de julio de 2012

BACHAQUEROS, VIOLAN EL 114


 Chávez  hizo legal a los Bachaqueros, violando la ley.
El contrabando de extracción es un problema de vieja data, y he sido muy critico sobre el tema en mis artículos de opinión, uno de ellos publicado en el Mes de Abril 2012, en  “El Laborista” (Nuestra Moraleja Económica), ahí plasme: Si los venezolanos le solicitan al Estado, Mayor Control por la seguridad: Personal, Social, Jurídica, entre otras. ¿Por que este gobierno no ha descubierto la mafia que causa el desabastecimiento de alimentos y gasolina en el pais. Que pasan por las Alcabalas de la Guardia Nacional como si nada?
El gobierno de Hugo Rafael Chávez Frías, usa de chivos expiatorios  a un grupo de venezolanos “Alijunas””, y etnias indígenas,; aprovechando su falta de conocimiento jurídico. Y constituirlos en famosas cooperativas de servicio y transporte, para la extracción de alimentos y combustibles hacia Colombia, autorizándoles un cupo de 11 Millones 518 litros mensuales. Violándose fragantemente la Constitución en su Artículo 114: que prevé: El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelizaciòn y otros delitos conexos serán severamente penados por la ley.
Diariamente pasan varias gandolas precintadas hacia Colombia,¿ de quien será este negocio redondo ?,  allá se vende una pimpina de gasolina a 120 Bsf, cuando aquí cuesta 20 Bsf-. Le digo  Presidente, el Congreso el 10 de Abril de 1834; promulgo La Ley de la Usura, y recordamos como la prensa reseño en 1976. Una denuncia hecha por Edgar Hernández ( El Diputado de la Verdad ); quien logro trasladar una Comisión de la Asamblea Legislativa integrada por “Hugo Soto Socorro, Charles Hernández, Miguel Ángel Gómez, Pedro Machado Colina. Villapol Morales, deteniendo está; en plena frontera 8 Camiones de Combustibles, que pasaron por las alcabalas y se enfrentaron a Generales y Capitanes.
Otra denuncia la hizo también el Diputado Luis Homez (El Valiente)..Pero sabemos Presidente. Que entre Bomberos no se pisan las mangueras, y Usted no permitirá nunca se toque el estamento militar, “Pues cree que con su saludo le son fiel”, que son una fuerza Socialista, antiimperialista, chavista y esto viola la Constitución, La ley; y  la Resolución No 070713-1655, publicada en Gaceta Electoral No.388 el 16-08-2007, donde se multo con 500 U/T. Al Ministro Rafael Ramírez, (Quien no la pago), por hacer proselitismo político en las instalaciones de PDVSA. Y le prohíben al Presidente, Gobernadores, Alcaldes hacer lo mismo.
Casos Insólitos han pasado,:Primero: Recordamos como un grupo de indígenas tomo la sede de Poli Maracaibo, por la muerte de un paisano, se dice que hasta exigieron un pago, Segundo: Huelga en la Sede del Sebin.  Solicitando se les entregaran sus vehículos, cuestión que lograron. Tercero: El colmo, un grupo de personas Alijunas e indígenas denunciaron ante el INDEPABIS a los dueños de Súper Mercados Latino, pues estos les venderían la mercancía directamente pero con sobre precio, resultado: cerraron por tres días la cadena de súper mercado, y a estos cooperativistas  no les hicieron nada, a pesar de ser un delito económico.
El 12 de Julio de 2012, por medio del Heraldo de Colombia y el Que Pasa de Maracaibo, en su cuerpo informático: Los Wayuu bloquean la Frontera Colombo-Venezolana, Las mujeres de la etnia reclaman su derecho al trabajo y a un trato digno, pues son matreaquedos por las F.A.N. toda su vida nos hemos dedicado a vender productos alimenticios en la zona, “piden se les conforme unas cooperativas nuevas dentro del cual puedan ejercer su oficio”. Pero como Estadista les plasmare informaciones veraces aparecidas en las páginas del Diario Que Pasa del año 2012.
El 12 de Julio, Fuente AVN  Ministerio de Energía, EE.UU. “El Imperio Mesmo”, aumenta exportación de gasolina, combustible pesado, gas licuado y aditivos a Venezuela, luego de un hiato de 7 años. En el año 2011, las exportaciones de gasolina a este país, sumaron 11.8 Millones de barriles. Comparadas con el 2010, 7.34 Millones de Barriles, del 2009, de 9,50 Millones de barriles y en el 2008, de 9,74 Millones de barriles anuales.En lo que va de año 2012 se ha comprado en Enero, 592.000 Barriles, Febrero 310.000 Barriles y Marzo 511.000 Barriles; de Gas Licuado en Enero: 441.000 barriles, Febrero 330,000 Barriles Marzo 416.000 Barriles.
INCAUTACIONES: 11 de julio; La (GNB), incauta 3.750 Lts, en la residencia de la ciudadana: Aída Rosa Camargo, vía West Tarra, Municipio J.Mª.Semprum,m  El 14 de Julio: (AVN) El ejercito, Brigada 13, recupero 72.000 Lts en diferentes procedimientos, Un Camión con 4.000 Lts, Mientras en el Municipio Mara,  la Brigada 11, descamiso 68.000 Lts. En otros procedimientos de este ultimo  Municipio ,en los sectores El 40, El Sargento, La Palma, el  Río Limón otros 64.240 Lts, deteniendo un 350 y una camionreta.
 El 16 de Julio; La Brigada 11 incauto 142.800 Lts de combustibles en la frontera con Colombia. Sector Monte Lara, presentando a los Tribunales y al M.P 21 Vehículos: 350, 750,7000, Cisternas, 750 pipas de Gasolina y Gasoil y 16 bombonas de gas. Dijo el Gral.: Gerardo Izquierdo, están utilizando vías fluviales, pues las terrestres se encuentran Bloqueadas  ¿ Por que no lo hicieron antes ?.El 19 de Julio: El CORE 3, Incauta 4 Camiones; Salidos de Bajo Grande, y la Costa Oriental PDVSA, con 83.921 Lts. Que desviaron sus destinos a diferentes sitios de la Guajira y el Municipio Perija, ¿ La pregunta obligada y los GPS y CHIP de estos camiones no funcionan?
Ahora bien; Ciudadano Presidente, si el Articulo 302 de la Constitución, Le reserva al Estado, mediante ley, la actividad petrolera, No logro entender como a estos Contrabandistas de gasolina, Los Jueces y Fiscales del Ministerio Publico, luego que les incautan Camionetas, Camiones 350 Triton Nuevos,750, 7000 Cisternas y hasta Gandolas Contratistas y Concesionarias de PDVSA, les  regresan las unidades de nuevo ¿ Como se acaba el contrabando así ?  ¿Quien les da el Permiso de llenado de nuevo a estos camiones en PDVSA?
Como yo no tengo pelos en la lengua para decirle las verdades al gobierno y la oposición, le digo; Que el CHIP que se quiere implementar viola el Articulo 21 de la Constitución. “Derecho a la igualdad”, ¿por que en el Zulia y en el Táchira Si y en  Caracas y en Barinas No? ¿Que enterarme en un Foro de Seguridad en la Fronteras, que Usted firmo con el Expresidentes Álvaro Uribe. El Proyecto José Antonio Ricaurte “Gasducto Colombo-Venezolano”, donde el primero importa a Venezuela, 150 MMPCND, Gas Metano por 7 años y nosotros por 14 años, esto viola los artículos 21 y 301 de la Constitución.
El 12 de Julio, en Maracaibo Eulogio Pino, Vicepresidente de PDVSA, dijo El CHIP en el Zulia ahorrara al Estado; 100 Millones de Dólares al mes, y que de 230 Millones de Lts de consumo aspiran reducirlos a 150Millones de Lts. ¿Eliminaran el Cupo de las Cooperativas en el Zulia? Por otra parte el Ministro Ramírez el 19 de Julio, anuncio la flexibilización del CHIP, en el Táchira se permiten cargar 3 Tanques a los particulares en el Zulia se podría llegar a 4 Tanques semanales. ¿Le pregunto Ministro: Sabe usted que un taxista paga 250 Bsf diarios de Alquiler?
¿Cuantos tanques tienen que cargar diariamente para hacer ese dinero?, ¿se tomo en cuenta el Transporte Escolar?, que hacen su trabajo por un costo ínfimo de 180 Bsf, por niño, ganan por volumen  y recorrido, ¿Se tomo en cuenta al turista y transporte extraurbano? LO CIERTO, es que PDVSA, ha hechos varios  Convenios con ECOPETROL, para la venta de Gasolina a Colombia. Revisen Portal de Noticia Oficial RNV del 21-08-2008, Exportaciones de Gasolina para el Norte de Santander llegaran a 19 Millones de Lts, mensuales, Transportado por la Cooperativa “Cipriano Castro” desde el vigía hasta Cúcuta. Que Tal ..

adolfohernandez57@gmail.com          @amigosporvzla

Diario La Opinión - Cúcuta: - Aplauden reactivación del convenio de importación de combustible

Diario La Opinión - Cúcuta: - Aplauden reactivación del convenio de importación de combustible

martes, 10 de julio de 2012

LA CONSTITUCIÓN PARAGUAYA NO ACEPTA GOLPE DE ESTADO

LA CONSTITUCIÓN PARAGUAYA NO ACEPTA GOLPE DE ESTADO




Ante el “Juicio Político”, realizado por las Cámaras de “Diputados y Senadores” en la Asunción, al Ex Presidente de la Republica de Paraguay, Fernando Lugo. La organización política Regional del Estado Zulia, “Amigos por Venezuela” cuyo norte principal es trabajar por el bien común, y luchar “Por el fiel Cumplimiento de la Ley”, ha querido aportar al pueblo en general, nuestro mas humilde criterio jurídico. Ver como Representantes de otros países y organizaciones internacionales entre ellas: Mercosur, Unasur, O.E.A, pretenden desconocer por ignorancia a la ley, un acto de mero trámite legislativo establecido en su Constitución, ¡ y esto resulta asombroso !.

Su Carta Magna, fue sancionada y promulgada por una Convención Nacional Constituyente, el 20 de Junio de 1992, declarando su Articulo.1.Paraguay es un país para siempre libre e independiente. De democracia representativa. Artículo 2, LA SOBERANIA: reside en el pueblo, quien la ejerce, conforme con lo dispuesto en esta Constitución. Hugo Rafael, Cristina, Evo, Ortega, Correa, y otros Mandatarios; persiguen otros fines políticos con esa región, Chávez, le hace un cerco económico paralizándole el envío de crudo petrolero y hoy lo excluyen del Mercosur. “Antes criticaban el bloqueo realizado por los E.E.U.U a Cuba, ahora ellos hacen lo mismo con el pueblo paraguayo”.

Nos aclara su artículo 3, lo siguiente: DEL PODER PÚBLICO. El gobierno es ejercido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial en un sistema de separación. Ninguno de estos poderes puede atribuirse, ni otorgar a otra ni a persona alguna, facultades extraordinarias o la suma del poder público. La Dictadura esta fuera de la ley. . ¿Esto es lo que no les gusta a los nuevos mandatarios Socialistas? En el Paraguay, después del Juicio Político, el Congreso, por mandato establecido en los Artículos 227 y 234 ejusdem, juramento al Vicepresidente Federico Franco, quien también resulto “ELECTO POR VOTACION POPULAR”, democráticamente.

Haciendo Historia sobre LOS JUICIOS POLITICOS, no es la primera vez, que suceden en este país sur americano, y el Congreso los materializa; este es el cuarto. Primero: recordemos en 1928-1932, electo José Guggiari, quien por reprimir una manifestación popular, que pedía la ofensiva militar para recuperar una zona Invadida por Bolivia, llamada “Chaco Borreal” por la cual Paraguay, perdió su salida al mar. “Fue absuelto de su cargo y volvió a la Presidencia”. Segundo: Raúl Cubas en 1998-1999, ante protesta popular llamada “El Marzo Paraguayo”, que lo acusaba del Asesinato del Vice-Presidente: Luis María Argaña, quien fue acribillado en las calles de la Asunción. Con la Renuncia de Cubas a la Presidencia, El Juicio Político se suspendió, asumiendo la Presidencia, el Presidente del Senado. Tercero: a Luis González, 1999-2003, Quien sobrevivió a un Golpe de Estado Militar, Se le aperturó Juicio Político, y no renuncio, ni fue destituido de su cargo, por no lograrse los 2/3 de Votos que exige la ley. Señalado de vender la Telefonía del país a un amigo a precios de gallina flaca y llevar al país a una recesión económica al punto de no haber dinero para pagar los empleados públicos. Cuarto: y ultimo a Fernando Lugo, el Congreso basado en el Articulo 225, Constitucional “lo separa del cargo”; en concordancia con otros artículos como el 261. 277, 284, que de igual manera tipifican el “Juicio Político”.

ARTICULO 225- DEL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO POLITICO: El Presidente de la Republica, el Vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo, los ministros de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la Republica, Subcontralor y los integrantes del Tribunal Superior Electoral, solo podrán ser sometidos a juicio político por mal desempeño de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes. La acusación será formulada por la Cámara de Diputados, por mayoría de dos tercios. “De 80 Diputados, asistieron 77, y 76 aprobaron el juicio político, Solo la Diputada Alida Robles, voto en contra; alegando un golpe parlamentario”

Corresponde a la Cámara de Senadores, por mayoría absoluta de dos tercios, juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados y, en caso, declararlos culpables, al sólo efecto de separarlo de su cargo. En los casos de supuesta comisión de delitos, se pasarán los antecedentes a la justicia ordinaria. “de 45 Senadores, asistieron 43 y 39 aprobaron el Juicio Político, alcanzados los 2/3 que exige la Constitución, 30 de 45 es el mínimo. Ahora bien, a confesión de parte relevo de pruebas, el Ex presidente Fernando Lugo, dijo por los medios de Comunicación “Que el Acataba la decisión del Congreso”. DEL LIBELO ACUSATORIO PRESENTADO POR LA CÀMARA BAJA: 1) Por permitir la realización de un acto político, en el año 2.009, a un Grupo de Jóvenes Socialistas, dentro del Comando de Ingeniería Militar, de la Entidad Binacional de Yacyreta y apoyarlos económicamente con recursos del Estado. 2). Por instigar y apoyar con las Fuerzas Policiales, unas invasiones en la Zona de Nacunday. 3). Por la Creciente Ola de Inseguridad, a pesar de importantes recursos aprobados por el Congreso, para potenciar la fuerza pública, y no combatir al Grupo irregular Ejercito del Pueblo Paraguayo, (EEP) demostrándose la complicidad del gobierno.

4.) Por atentar contra la Soberanía, a través de la firma del Protocolo de Ushuaja, y permitirles a los países vecinos, cortar el fluido eléctrico a la República de Paraguay, con el único objeto de protegerse entre los Presidentes de las regiones. 5.) Por desafiar el estándar de vida de los indígenas Paraguayos, y construirles en pleno siglo XXI, viviendas con piso de barro, techos de paja, sin electricidad, y otros servicios 6.) Por la Matanza de Coruguaty, donde perdieron la vida 11 campesinos “Los sin tierras” y 6 Policías. 7.) otras causas. “DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY” Nos refiere el Articulo 127: Toda persona está obligada al cumplimiento de la ley, la critica a las leyes es libre, pero no está permitido predicar su desobediencia.-

Refleja el Articulo 137- DE LA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÒN: La Ley suprema es la Constitución. Los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados. Las leyes dictadas por el congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía, sancionadas en consecuencia, integraran el derecho positivo nacional en el orden de prelación anunciado. Quienquiera que intente cambiar dicho orden al margen de los procedimientos previstos en esta Constitución, incurrirá en los delitos que se tipificaran y penaran en la ley…carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución.

Articulo 141: DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES; Los Tratados Internacionales validamente celebrados, aprobados por ley del Congreso, y cuyos instrumentos de ratificación fueran canjeados o depositados, forman parte del ordenamiento legal Interno con la jerarquía que determina el Articulo 137. De igual forma él Artículos 143, DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES. La republica acepta el derecho internacional y se ajusta a los siguientes principios: 7) La no intervención, y 8) la condena a toda forma de dictadura, colonialismo e imperialismo. “Los Constituyentes Paraguayos fueron sabios al elaborar esta Constitución Democrática, pues en Venezuela se critica el Imperio Yankee, pero ahora estamos sujetos al imperio Comunista”.

En Amigos por Venezuela tenemos la convicción, que La Constitución Paraguaya es excelente, establecen entre otros Artículos lo siguiente: Articulo: 26- DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÒN Y PRENSA: Se garantiza la libre expresión. Sin censura…en consecuencia no se dictara ninguna ley que las imposibilite o las restrinja…; Articulo 27- DEL EMPLEO DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN:..Es de interés público, en consecuencia, no se podrá clausurar ni suspender su funcionamiento. Articulo 44.- DE LOS TRIBUTOS: Nadie estará obligado al pago de tributos ni a la prestación de servicios personales que no hayan sido establecidos por la ley. No se exigirán fianzas excesivas ni multas desmedidas.-

AL MUNDO ENTERO LE COMENTAMOS, En Venezuela se cerro R.C.T.V, a GLOBOVISION, le aplicaron una censura, le han confiscados sus antenas de trasmisión, le han aperturado 9 actos Administrativos CONATEL, y hoy el T.S.J, le ha impuesto una Multa de mas de 2 Millones de Dólares, muy a pesar de que el Articulo 317 de la Constitución de la Republica Bolivariana se semeja al Articulo 44 de la Constitución Paraguaya. Y LO PEOR ES, QUE AL PUEBLO VENEZOLANO TAMBIEM SE LE APLICAN MULTAS ELÈCTRICAS, Ilegales y desmedidas, no tipificadas en la ley.

Y para que no se diga que La Constitución Paraguaya solo protege a los medios de Comunicación en su “Articulo- 235: LAS INHABILIDADES: Son inhábiles para ser candidatos a Presidente de La República o Vicepresidente; 8): Los propietarios o copropietarios de los medios de comunicación; “ pero también protege al pueblo de cualquier dictadura y linaje hereditario en el poder”: 9) el cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad, de quien se encuentre en el ejercicio de la presidencia al realizarse la elección, o la haya desempeñado por cualquier tiempo en el año anterior a la celebración de aquella.

Por el estudio realizado es nuestro mas humilde criterio juridico que: LA CONSTITUCIÒN DEL PARAGUAY, NO ACEPTA GOLPE DE ESTADO; Sobre el “Juicio Politico ”, Simplemente: se aplico la ley, y aunque les duela a muchos la DURA LEX SED LEX.-



ADOLFO HERNANDEZ

Presidente.

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0414-6707530.-